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INTEGRIDAD Y CONTROL

Garantizamos la transparencia y el juego limpio en la hípica nacional a través de procesosrigurosos de control y estándares internacionales.

GUÍA PARA PREPARADORES:
¿QUÉ DEBO HACER SI MI EJEMPLAR RESULTA POSITIVO EN UN CONTROL DE MEDICACIÓN?

Esta guía tiene carácter exclusivamente informativo y tiene por objeto orientar a los preparadores respecto del procedimiento aplicable ante un resultado positivo en el control de medicación. En caso de discrepancia, prevalecerán las disposiciones contenidas en el Reglamento de Carreras, el Reglamento Complementario de Medicación y Drogas y los acuerdos vigentes del Consejo Superior de la Hípica Nacional.

Descarga la Guía Completa

1

Notificación del resultado

Una vez confirmado el resultado positivo por el Laboratorio Oficial, deberá recibirse y confirmar formalmente la notificación correspondiente. A partir de ese momento comenzarán a regir los plazos establecidos en la normativa.

2

Derecho a solicitar contramuestra y otros antecedentes (3 días hábiles)

Dentro de los tres (3) días hábiles siguientes a la notificación podrá solicitarse la realización de contramuestra, exámenes adicionales, antecedentes o registros del procedimiento, así como aceptar o rechazar el resultado informado. La falta de pronunciamiento dentro del plazo será considerada como aceptación del resultado y renuncia a solicitudes adicionales.

3

Derecho a formular observaciones sobre el procedimiento

Toda solicitud de contramuestra o de otros análisis deberá presentarse por escrito, acompañada de su respectiva fundamentación. Asimismo, deberá acreditarse el pago correspondiente dentro del plazo reglamentario para que la solicitud sea tramitada.

4

Presentación de Descargos

Podrán formularse observaciones respecto del procedimiento de control de medicación y presentarse los descargos por escrito dentro del plazo establecido, acompañando los antecedentes técnicos, clínicos o documentales que se estimen pertinentes.

5

Revisión del caso por el Consejo Superior

Cumplidos los plazos reglamentarios, el caso será sometido al conocimiento del Honorable Consejo Superior de la Hípica Nacional. Previamente a una eventual sanción, el preparador será citado para ejercer su derecho a presentar descargos en forma escrita o verbal.

6

Posibles medidas reglamentarias

Conforme a los antecedentes disponibles y a la normativa vigente, el Consejo podrá disponer las medidas reglamentarias que correspondan, incluyendo las aplicables al ejemplar y al preparador, según la naturaleza del caso.

7

Recomendaciones importantes

Se recomienda revisar oportunamente las notificaciones, respetar los plazos reglamentarios, conservar los antecedentes clínicos del ejemplar y mantener comunicación con la Dirección Técnica o con el representante gremial correspondiente ante cualquier duda sobre el procedimiento.

RESOLUCIONES DE SANCIÓN

Notificación de Sanción

Club Hípico de Santiago

Preparadores

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Resolución 6709898

Hipódromo Chile

01/01/26

Criadores

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Sanción 5678798

Club Hípico de Santiago

02/02/26

Preparadores

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Sancion 12567

Club Hípico de Concepción

03/03/26

Propietarios

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Resolucion 2345

Club Hípico de Santiago

04/04/26

Criadores

Descargar PDF

Sancion 35678

Hipódromo Chile

05/05/26

Preparadores

Descargar PDF

Resolución 45678

Valparaíso Sporting

06/06/26

Jinetes

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COMUNICADOS DE INTERÉS

01
Comunicado Regulación Ketamina -  diciembre 2024

Ponemos a su disposición el comunicado oficial relativo a la regulación de la ketamina (concentraciones bajo ≈1 ng/ml) en ejemplares FSC, emitido por el Consejo Superior de la Hípica Nacional el 18 de diciembre de 2024. Este documento detalla los acuerdos adoptados para garantizar la integridad y control en las competencias, estableciendo medidas inmediatas como el distanciamiento automático, la pérdida de premios y el reposo obligatorio de los ejemplares, además de definir el esquema de sanciones para preparadores responsables que entrará en vigor en abril de 2025. Le invitamos a descargar el archivo íntegro para conocer en detalle los protocolos de bioseguridad y cumplimiento normativo vigentes.

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02
Comunicado Doble Matriz - a contar 1° junio 2026

Ponemos a su disposición el comunicado oficial del Consejo Superior de la Hípica Nacional (CSHN), emitido el 20 de abril de 2026, mediante el cual se informa la aprobación del uso de la doble matriz para el control doping. Esta importante resolución, adoptada en la reunión ordinaria N° 1.161, establece que dicho procedimiento se aplicará en todas las carreras que se efectúen en el país a partir del 1 de julio de 2026. El documento, suscrito por la presidenta del CSHN, Cecilia Montero Sepúlveda, detalla esta nueva medida orientada a fortalecer la integridad y el control en la hípica nacional. Le invitamos a descargar el archivo íntegro para su conocimiento y cumplimiento normativo.

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Comunicados
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